miércoles, 21 de octubre de 2015

Historia de la filosofía. Rousseau, el fundamento filosófico de la democracia


Jean Jacques Rousseau (1712-1778), formula la teoría  de la democracia en sus obras Discurso sobre la desigualdad entre los hombres (1753) y sobre todo en El contrato social (1762).
En el estado de naturaleza, el hombre es un bruto feliz, bruto, en cuanto carece de lenguaje y de racionalidad, feliz, en cuanto sus necesidades individuales son fáciles de satisfacer. Rousseau plantea el estado de naturaleza como una situación presocial, prepolítica y prelógica. En el estado de naturaleza no hay más ley que el instinto de supervivencia, suavizado por una segunda tendencia natural, la compasión, sentimiento que le lleva a evitar el sufrimiento innecesario a los demás y es la base de un tercer impulso también innato, la sociabilidad. El hombre es constitutivamente bueno por naturaleza.
El bruto feliz salió de su estado originario por causa de algún descubrimiento fortuito, la fabricación de armas o el dominio sobre el fuego, lo que dio a algunos individuos una superioridad ocasional y les sirvió para convertirse en centro de atención y atracción colectiva, surgiendo así la vida en grupo. Este es el momento en que el bruto se convierte en ser humano y surge la familia patriarcal basada en las relaciones naturales de cooperación (aparición la razón) y de comunicación (aparición el lenguaje).
El régimen patriarcal no puede finalmente mantenerse por la aparición de las desigualdades sociales, resultado de la propiedad privada, es decir, de la capacidad de  algunos de adueñarse de los recursos naturales y reducir a los demás a una situación de dependencia económica. La nueva situación de desigualdad entre los hombres dio lugar a una situación permanente de desconfianza, violencia y recurso a la fuerza, similar al estado de naturaleza descrito por Hobbes.
En este punto, los propietarios se convencen y persuaden a los demás de la necesidad de crear una sociedad política fundada en la propiedad, que si bien es causa de la desigualdad también es algo inseparable de la vida en grupo. Este es el origen de la sociedad civil, basada en el interés egoísta, la propiedad individual, la desigualdad y la injusticia, todo lo cual ha corrompido la naturaleza original del hombre.
Pero la corrupción de la sociedad civil a la que se ha llegado puede rectificarse, volviendo al punto en que se tomó la dirección equivocada. Es decir, se establezca un auténtico contrato social en que se integren de manera armónica la inalienable libertad del individuo con las obligaciones derivadas de su incorporación a la sociedad civil.
El problema de armonizar la libertad individual y la dependencia social, lo resuelve Rousseau mediante la teoría de la voluntad general o “Yo común” (Moi commun), en la que cada uno participa libremente y se reconoce a sí mismo en su establecimiento, a la vez que, una vez establecida, se somete a ella al afirmar a la vez su plena libertad de elegirla y su total obligación de respetarla. La fórmula del contrato pactado implica a la vez una situación simultánea de participación libre y de dependencia total de la voluntad general. Mediante el contrato social se supera, según Rousseau, la contradicción entre individuo y sociedad, alcanzándose la denominada “libertad civil” o democrática.
La voluntad general se convierte en único principio de la moralidad (bondad o maldad) de las acciones, hasta el punto de que la virtud no es sino la conformidad de la voluntad particular a la general, dada la exigencia de la total integración del individuo en la sociedad civil. Frente a la voluntad general, el individuo no tiene ningún derecho, salvo el de participar en su determinación a través del sufragio; la voluntad general es la única norma ética ya que no hay ningún sistema de valores o fines anterior a su establecimiento, y es también el principio político y jurídico de la comunidad al margen y por encima de los individuos que la forman.
Por lo demás, aunque la voluntad general es descubierta a través del ejercicio libre del voto, no es creada únicamente por la opción acorde con la mayoría que la construye, razón por lo que la voluntad general pertenece tanto a la mayoría que la ha descubierto como de la minoría que por error votó en su contra.

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