La segunda teoría pragmática que abordamos es el utilitarismo
ético de Jeremías Bentham (1748-1832). En su principal obra, Introducción a los principios de la
moral y la legislación,
afirma que La naturaleza ha puesto a la humanidad bajo el gobierno de
dos regidores soberanos, el dolor y el placer. Sólo a ellos les corresponde señalar
y determinar lo que debemos hacer. Por un lado, la norma de lo correcto e
incorrecto, el estandarte del bien y el mal, por el otro, la cadena de causas y
efectos sujetos a su trono. Ambos nos gobiernan en todo lo que hacemos, en todo
lo que decimos, en todo lo que pensamos.
Es una reflexión crucial porque nos señala, por una parte, lo que debe ser (las normas y los valores éticos) y, por otra, el ser (las causas y las consecuencias empíricas de la conducta). El punto de unión o síntesis entre los valores morales (ética) y los motivos empíricos de la acción (psicología) es el principio de utilidad cuya propuesta es que se debe en cualquier circunstancia maximizar el placer y minimizar el dolor. El utilitarismo identifica lo bueno en sentido ético con lo útil en sentido pragmático: son moralmente buenas las acciones cuyas consecuencias contribuyen a aumentar el placer y disminuir el dolor. La felicidad o infelicidad personal es la diferencia matemática entre ambos. En su obra describe las fuentes del placer y del dolor: físicas, materiales, públicas, morales, intelectuales, espirituales; también sus factores o propiedades: intensidad, duración, certeza, proximidad, pureza… El problema de una ética de las consecuencias es que aquello que en principio nos produce placer puede acabar por producirnos dolor y viceversa, lo que hace difícil predecir el final de la cadena. Bentham, consciente del conflicto, apeló al cálculo preciso de los eslabones intermedios que nos permita anticipar la felicidad a largo plazo.
Obviamente el utilitarismo no puede tener un significado meramente
egoísta pues la búsqueda exclusiva del placer individual supondría un conflicto
entre intereses particulares que haría inviable la felicidad de todos al poner
en peligro la convivencia y la existencia misma de la sociedad civil. La institución que permite hacer compatible la felicidad
individual y la colectiva es el derecho. Bentham transita de la psicología a la
ética y de esta a la política. El utilitarismo consiste, finalmente, en alcanzar
la mayor felicidad posible para el mayor número de personas. Es decir: la
felicidad colectiva depende del buen funcionamiento social. No hay que olvidar
que Bentham era ante todo un destacado jurista formado en el Queen’s College de
la Universidad de Oxford. No obstante, nunca se interesó por el ejercicio
profesional de la abogacía pese a las importantes ofertas públicas y privadas que recibió. Sus
obras son ante todo tratados reformistas de amplio alcance para la filosofía
del derecho. También en su
principal obra proponía que todo acto humano, norma o institución,
deben ser juzgados según la utilidad que tienen, esto es, según el placer o el
sufrimiento que producen en la mayoría de las personas. Bentham, igual que Marx, no era
el prototipo del filósofo clásico; no pretendía construir un sistema teórico, sino
influir directamente en la organización social mediante la formulación de
normas jurídicas aplicables a las leyes de una nación. Su objetivo último, la
parte más especulativa de su obra, era crear un código completo de derecho
utilitario que abarcara todos los ámbitos de la sociedad. Hay que resaltar la
considerable influencia que tuvo en toda una generación de políticos,
economistas e intelectuales de su época. Su propia casa se convirtió en el lugar
de reunión y debate de las teorías utilitaristas.
De las tres grandes tendencias que han abarcado la filosofía del
derecho, naturalismo, positivismo y eticismo, hay que incluir a Bentham en la
última. Criticaba la ley natural como una superstición religiosa (como Marx era
ateo) y al derecho natural como una justificación del absolutismo monárquico; consideraba
absurdo el iusnaturalismo de la Declaración de Derechos del Hombre y del Ciudadano
aprobada por la Asamblea Constituyente francesa en 1789, según
el cual las normas jurídicas se siguen de un conjunto de principios
morales, universales e inmutables que la razón descubre mediante el análisis de
la condición humana. No son derechos naturales sino históricos (coincide
también con Marx), pero mientras para Marx el derecho es una ideología burguesa
al servicio de la clase dominante, en Bentham es la garantía de un Estado
constitucional y representativo. Asimismo, enfrentado al positivismo
conservador de la legislación inglesa de su época, que rechazó casi todas sus reformas
legales, no admitía que el derecho fuera una mera técnica o práctica
especializada en sí misma ni justa ni injusta cuya finalidad sería regular
eficazmente la vida social sin más consideraciones.
Según Bentham, el derecho debe estar fundado en una aritmética moral que permita calcular racionalmente la cantidad de placer y dolor que nos proporcionan las acciones, proyecto que nunca concretó. El utilitarismo ético está estrechamente unido a la versión más noble de liberalismo político que culminará en la obra de su discípulo Stuart Mill. Bentham fue un firme defensor de los derechos y libertades individuales, en especial de la libertad de expresión, la economía de mercado, la redistribución de la riqueza, la separación de la Iglesia del Estado, la igualdad entre el hombre y la mujer, el derecho al divorcio, la despenalización de la homosexualidad, la abolición de la pena de muerte y cualquier forma de castigo físico; fue, incluso, uno de los primeros defensores de los derechos de los animales. Su ideario, como el de Stuart Mill, es más parecido al de una socialdemocracia avanzada que al de los liberales clásicos que, al final, son muy poco liberales.
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